miércoles, 17 de diciembre de 2014

Video 2.1 Fuentes del Derecho de la Unión Europea. Parte II: El Derecho derivado y otras fuentes

que es el derecho derivado?  conjunto de normas y actos de la union emanados de instituciones de la union euorpea por habilitacione sgeneracas o especificas de derecho originario. Algunos autores lo llaman derecho sintticui0onal de las isntituciones.
Problema evidente: complejidad de este derecho derivado, matizar y paliar buscando sistema de jerarquia para razionalizar entramados de normas de ue, intentos en vano, muy significada por labor de tratado de lsiboa, que no establece jerarquia normativa entre actos, pero si reordenacion entre actos legisl y no lehgisl. Un paso mas adelante.

tratado d elisboa con novedades sustanciales, ha dividisdo en

-preactos legisl obligatorios para destinatarios:
            -actos legislativos adoptados por procedimiento ordinario. Son actos conjuntos adptados por parlamento europeo y consejo, tienen forma de reglamento, directiva o decision y son propuestos por  la comision y excepcionalmente por conkjunto de eemm, por recomendacion del banco europeo o a peticion del TJue o del banco de inversiones
             -actos lesgilastivosadoptados por procedimiento legislativo especial. Adoptados por Consejo  con participacion del parlamento europeo o por parlamento europeo con colaboracion del consejo, tienen la forma juridica de reglamento, directiva o decision  y son propuestos por comision  y excepcionalmente po: conjunto de eemm, , parlamento europeo, recomendcion del banco central europeo o a peticion del banco europeo de inversiones o el TJUE,

-actos no legislativos
             -normativos (actos delegados y actos de mera ejecucion)
                          -actos delegados pueden ser:
                                     -completana ctos legislativos
                                     -actos facultados para  modificarlos
             -de mera ejecucion

derecho derivado, importante determinar p de publicidad y motivacion d elos actos a que diere lugar.

Publicidad: articuloe stavlece cualquier acto debe ser publicaco en diario ofifical: actos legis y no legisl. Muy improtante para notificacion y vigencia mediante el diario oficial de la UE.
Motivqcion: 296 TFUE detemrina actos juridicos deberan estar motivados: propuestas, iniciativas... de tratados. mencion expresa de fundamentos jruidicos expresas del tratado, dictamentes expresamente recogidos en dicho art. e importante razones de adopcion de los actos.
Todo esto mitiga la discrecionalidad de los actos mencionados

REGLAMENTOS

ACTOS MAS COMplejos y completos de las instituciones europeas. mayor intensidad normativa respeto de los demas isntrumentos normativas
caracteristicas:
-alcance general (erga ommes): acarcteristica esencial, objetiva del acto, improtantes efectos en legalidad, no viene del numero de destinatarios, sino proviene de aplicacion en situaicones detemrinadas, especificas y claras. Relacion con obligatoriedad
-obligatoriesdad de todos sus elementos: afirma su caracter oblig frente a actos no vinculantes y al incidir en todos sus elemtnos lo diferencia de otras nromas, como las directivas, que solo obliga en el resultados.
-directamente aplciables en cada estado miembro, sin necesidad de aplicacion normativa por parte d elos propios eemm para producir efectos

Se publican en eld iario oficial de la UE (DOUE) y entran en vigor en la fecha que indiquen; en caso de falta de fecha, entran en vigor a los 20 días.

Es directamente ejecutivo, ya que los propios particulares pueden alegar su apliacion en los tribunales nacionales su aplicacion.

Diferenciar reglamento europeo de creacion de derechos y obligaciones y los reglmentos nacioanles.

DIRECTIVAS

se caracterizan por
-obligar al eemm destinatario a realizar el resultado dejando a las autoridades nacionales la eleccion de las formas y de los medios. Se denomina deber de transponer la directiva al ordenamiento juridico interno.
-caracen de aplicabilidad directa al erquerir intervencion normativa nacional, que traduciria la directiva como una ley nacional o un reglamento interno.
-es facultativca la publicacion de la directiva en el doue, no asi las que se dirijan a todos los eemm que deben publicarse obligatoriamente en el DOUE
-entran en vigor desde la notificacion  a los eemm y als que necesitan su publicacion en el doueentraran en vigor cuando lo indique la directiva o a los 20 dias a falta de indicacion.

#armonizacion de legislaciones nacionales

DECISIONES

-obligatoria en todos sus elementos a todos sus destinatarios.
-sus destinatarios estan predeterminados de forma idnividual, obligando de forma directa y surgiendo efectos a partir de su notificacion.Puede ser su destinatario tanto un eemm como un  aprticular
-las decisiones que no indiquen destinatarios, se publicaran en el doue- Etraran en vigor en la fecha en que ella indiquen o, a falta de ella, a los 20 días de su publicacion.
-las decisiones que indiquen un destinatario, se notificaran a su destinatario  y surtiran efectos desde la notificacion.

RECOMENDACIONES Y DICTAMENES

Caracter NO vinculante

-recomendaciones: promover determinadas conductas, surgidas a volutnad de instituciones comunitarias en sus materias predominantemente. Son susceptibles de tener efectos juridicos indirectos. Puede venir de cualquier organo europeo
-dictamenes: isntituciones comunitarias expresan aprecer sobre asunto detemrinados, normal,ente para prepararactos juridicos posteriores. Puede ser elaborados por parlamento euroepo (modalidades de conformes o consultivos), comision, consejo o BCE.
           -destinatarios: eemm u otras isntituciones
           -sin fuerza vinculante, sin control de legalidad por TJUE, ni cuestion prejudcial sobre validez o internpretacion

OTRAS FUENTES

son:
-derecho internacional
-acuerdos internacionales
-principios
        -principios constitucionales del sistema: atribucion, susbsidiariedad, , rpoporcionalidad, no discriminacion, etc.
        -principios generales del derecho de la union
-jurisprudencia (19.1 TUE)

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