SOLUCIÓN DE CONFLICTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS
Supuesto 1:
Desde hace 2 años Roberto trabaja en un despacho de abogados. Roberto tiene 28 años y
es una persona muy extrovertida, tanto es así que siempre es el alma de la fiesta por las historias
que cuenta, que sospechosamente se parecen mucho a asuntos que tiene encomendados en el
despacho. Al tener noticias de las mismas y comprobar su veracidad, el Despacho ha decidido
sancionar a Roberto por incumplimiento del deber de secreto, imponiéndole una sanción de
suspensión de empleo y sueldo durante 1 mes, que le ha sido comunicada en el día de hoy. ¿Qué
puede hacer Roberto al respecto?
Roberto puede acudir, en primer lugar, a la mediacion o conciliacion o arbitraje ante este embrollo. Y si hay un acuerdo no acorde con su opinion, debe acudir a la jurisdicciojn social.
Supuesto 2:
Manuel es abogado contratado en un despacho colectivo. Como todos los años, a principios
de año él y sus compañeros se ponen de acuerdo para las fechas de disfrute de las vacaciones.
Este año, Manuel ha elegido Julio. Cuando sus jefes se enteran, le dicen que no puede ser, que en
esas fechas prevén mucha carga de trabajo, al ser el mes anterior al de agosto. Manuel no está
de acuerdo, porque además sabe que quedan otros compañeros que pueden atender
sobradamente su ausencia. Por ello, decide demandar al despacho, pero se salta el paso de la
conciliación previa. ¿Es correcto?
No es correcto, porque es requisito indispensable el realizar la conciliacion previa (o el arbitraje o mediacion) antes de acudir a la jurisdiccion social, por lo que le denegarán la asistencia judicial.
Supuesto 3:
Julián es abogado en un despacho de Oviedo. Lleva ahora 8 meses de baja médica, y como
los especialistas que los vienen tratando le han asegurado que ya no va a mejorar, decide solicitar
el reconocimiento de una incapacidad permanente. El INSS se la deniega por medio de resolución
que para él no es ajustada a derecho, por lo que decide recurrirla. Así, dentro del plazo legal,
presenta papeleta de conciliación ante el SMAC de Oviedo. ¿Ha dado Julián un paso correcto?
No, porque la conciliacion es para la relacion laboral especial y aqui la unica vía que le puede asistir es la judicial, al ser el organo contra el que interpone la papeleta de conciliacion es la Administracion del Estado.
Supuesto 4:
¿Cuál de estas afirmaciones es correcta?
Supuesto 5:
¿Se puede impugnar un acuerdo alcanzado en la conciliación?
Sí.
Supuesto 6:
¿Son ejecutables las actas de conciliación?
Sí.
Supuesto 7:
¿Pueden los colegios de Abogados intervenir, en vía de conciliación o arbitraje, en
cuestiones que se susciten entre abogados y clientes, por motivos profesionales?
Sí.
Supuesto 8:
Emilio Díaz trabaja en un despacho de abogados en el que una gran parte de sus clientes
son empresas extranjeras. Con el fin de poder atender adecuadamente a dichos clientes, Emilio se
ha matriculado en la Escuela Oficial de Idiomas donde cursa estudios de inglés. Al finalizar el curso está previsto que Emilio se examine, habiéndose fijado como fecha del examen un viernes
por la mañana. Emilio solicita en un plazo prudente al titular del despacho un permiso para acudir
a dicho examen, siéndole denegado sin mayores explicaciones. Ante dicha situación, Emilio ha
decidido cogerse un día de vacaciones para poder presentarse al examen. ¿Es recurrible la
denegación del permiso?
Sí, es recurrible, ya que la formacion adecuada y continua del trabajador es un derecho y un deber. En primer lugar, las aprtes implicadas deberán acudir a mediacion, arbitraje o conciliación. Y si no se soluciona el problema, a la jurisdiccion social.
Supuesto 9:
Elena trabaja como abogada en Madrid para un despacho con distintas sedes en el
territorio nacional. En el día de hoy se le ha comunicado la decisión del despacho de trasladarla el
mes que viene a la sede de la firma en Barcelona. ¿Puede el despacho tomar esta decisión de
forma unilateral?
Sí, puede hacerlo.
Supuesto 10:
Beatriz ha sido sancionada por dar evasivas a la hora de informar al titular del despacho
sobre un asunto en el que ha tenido ciertas dificultades. La sanción le ha sido notificada por
escrito y se le ha concedido un trámite de audiencia para alegaciones. Beatriz no está conforme y
rápidamente ha procedido a impugnar la medida ante la jurisdicción laboral, interponiendo la
correspondiente demanda al efecto. ¿Ha cumplido todos los requisitos exigidos por la ley para
impugnar la sanción?
No, no los ha cumplido, ya que no ha asistido a la audiencia que le han concedido para las alegaciones, y el tramite esencial para acudir a la jurisdiccion social, que es el de la mediacion, conciliacion o arbitraje.
Supuesto 11:
Francisco Llop percibe por su trabajo en el despacho “Benítez y Asociados” un salario de
2.000€ al mes más un variable del 2% de los honorarios facturados por el despacho a los clientes
a los que asesora. Hasta la fecha Francisco ha venido cobrando puntualmente, pero en el último
año el despacho, alegando que los ingresos percibidos en la firma han mermado
sustanciosamente, ha dejado de abonarle el 2% pactado. Ante esta situación Francisco ha
interpuesto demanda de arbitraje ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (S.M.A.C.)
¿Puede resolverse este conflicto mediante el recurso a arbitraje?
Sí, porque se impone como requisito imprescindible acudir a mediacion, arbitraje o conciliacion antes de la jrusidccion social, lo que se indica que da igual la materia del conflicto, solo basta que sea social.
Supuesto 12:
¿Vincula la petición realizada en la papeleta de conciliación de cara a la eventual
interposición de una demanda en caso de que el acto de conciliación se resolviera sin avenencia?
Sí, vincula.
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