jueves, 5 de febrero de 2015

video 8.1 derecho de la UE: La Jurisdicción en la Unión Europea; Recepción, aplicación y control del Derecho de la Unión Europea

Tribunal de la funcion publica 2004


15.000 sentencias

funciones: controlar la legaldia de actos europeos, velar por eemm hagan sus funciones, velar derecho de la ue a razi de peticiones de tribunales nacionales

IMPORNTANTE: MULTILIGUISMO
cada lengua oficiola puede ser lengua de procedimiento, garantiza a partes derecho de comunicacion y difusion de jurisprudencia, mas de 1000 personas atienden  este servicio

ogligacion de eemm de aplicae derecho de ue en su esfera competencial
TJ mas eficaz garante de derechos de ciudadanos
primacia: aplicacion prevalente y directa del derecho de la union, descartando disposicion contraria del derecho nacional, siendo posterior o anterior a norma de la UE

Incumplimiento de los estados: principio de responsabilidad

         reforzar derechos d elos particulares
         contribuyen a que los estados miembros ejecuten las normas con mayor diloigencia

Infraciones: obligaciones  deindemnizacion
    todo incumplimiento deld erecho europeopor eemm puede ser obketo de recurso ante TJ
    si no se ejecute sentencia de incumplim, puede imponerse al eemm de multa coercitriva o multa a tanto alzada

PROCEDIMIENTOS: REMISION DE OTRO ESPACIO

Hitos jurisprudenciales mas relevantes en historia de TJ

creacion de espacion juridico cond erecho de UE primandoy proteccion de derechos de ciudadanos

  • p de efecto directo de ue: clave sentencia vang den and loos y otras, que permite  alos ciudadanos europeos invocar directamente las nromas de UE ante tribunales nacionales
  • p de primacia del derecho de ue sobre la normativa interna
  • p de responsabilidad de lkos estados miembros: sentenca francovich, responsabilidad si daños del eemm a particulares si incumplimientos y desde 1991 ciudadanos eurppeos pueden reclamar a eemm que ingringe norma de derecho europeo

jurisprudencia y derechos fundamentales:

  • especial relevancia de la labor del tribunal europeo  de justicia en amteria de derechos fundamentales
  • defensa de los derechos antes de la exsitencia de un catalogo expreso de derechos fudnamentales
  • la carta de los derechos fudnamentales  de la UE entra en vigor, con mismo rango que tratados, el 1 de diciembre del 2009.

a destacar:
-1) derecho comunitario es derecho autonomo que  no precisa de concurrencia de otros ordenamientos para su validez. Para ello, las sentencias  stork versus alta autoridad de 1959;  comptoirse versus alta aurtoridad de 1960;  geitling versus alta autoridad. Pero la proteccion de los derechos fundamentales quedaba sin respuesta.
-2) dos sentencias posteriores del TJ aportan nuevo criterio de interpretacion: stj stauder de 1969 (derechos fundamentales sin enumerarlos forman aprte del ordenamiento comunitario) y stj de 1970 internationale ¿? (tradiciones constitucionales comunes de los eemm como criterio a enumerar los derechos fundamentales)
-3) SSTJ Nolt de 1974 y  Hauer de 1979 referencias a convencion europea de 1950 como criterio material y estandar de  de proteccion de los derechos en el ambito comunitario.
4) sentencias relevantes: por tribunal de TJ en materias muy concretas: libre circulacion de mercancias (sentneica cassis de dijon de 1979, con ciertos limites); libre circulacion de personas (sentencias  Kraus 1993, Sentencia Boman 1995): libre prestacion de servicio (cowan, kohll, decker); igualdad de trato (defrenne igual salario, brown no despido por maternidad,  BECTU vacaciones retribuidas)

Lsa posicion del tribunal de jsuticia en los años inlfluyo en la posicion de los tirbunales cosntitucioanles: pronunciamientos en orden a resevarse cierta compentencia de revision sobre derechos fundamentales sobre si TJ pudiera menoscabar esos derechos fundamentales reconocidos en esos eemm. Por ejemplo Italia o Alemania. POSICION DE CAUTELA por si causa perjucio en aplicacion del estandar en derechos reconocidos. Pero el TJ confirmo que los organos jurisdiccionales internos estaban obligados por p de primacia en la aplicacion del derecho comunitario, por lo que no mueve su posicoin, durante un tiempo los tirbunales constitucionales y el tj se mantuvoeron en sus posiciones. Peor ha habido sentencias posteriores en ambos paises matizando sus posicines y en el TC aleman ha mantedino una muy hipotetica comptencia residucal ultima en caso de que no se respetaran los derechos fundmaentales los derechos fudnamentales de los alemanes.

SENTENCIA MELLONI 2013

cambia algunos d elos puntos de vista jurisdprudenciales en derechos fudnamentales. La perspectiva del recurrente en amparo y del estado cosntitucional subrayaba que el recurrente habia sido condenado en rebeldia , lo cual es posuible en Italia, pero  es considerado incosntitucional en España. El recurrente queria que se le aplicara el mayor estandar-ambito de derechos, entre le derecho eurpepo y eld erecho eurpeo, que seria un remix entre el español y el italiano, por lo que seria el español. intentando que prevsaleciera el derecho español sobre el europeo, s`particularmente sobre un acto conforme a una decision amrco sobre orden de deterncion europea no favorable al recurrente. Eñl TJ confirma qie eemme deben ejecutar deterncion europea, que por ser derecho europeo primacia y prevalente al interno.ALa autoridad judicial unicamente debe confirmar los requisitos de la norma europea. El TJ ha estipulado los casos exhaustivamente en los que la orden de detencion europea vulnera eld erehco de defensa en una resolucion dictada en rebeldía, dicha solucion es cinompatible con con el mantenimienot de una facultad de la autiridad judicial de ejecucion para someter esa ejecuciona  la codnicion de que la condena pued aser revisada con objeto de garantizar el derecho de defensa del ciudadano. Pero el TJ estrima que esa disposiciond e la directtiva es compatible eld erechod e la tutela judicial efectiva, derecho de defensa y proceso equitativo. Atencion al art. 53 de la carta, que ninguna disposiion de la carta sera limitativade derehcos humanos y libertades fudnamentales; este articulo consagra el mejor estandar, ante caso concreto, habria que buscar el mejos estandar dentro de la ue y de los eemm y ver qué es mas favolrable al ciudadano europeo en el caso cocnreto.. En el caso concreto, el TC se pregutnaba qué era lo mas aplcable segun el mas alto estandar de rpoteccion con base a la cosntitucion. El TJ afirma que debe aplicarse el derecho de la ue sin excepcion y no segun el estandar d elos emm. Todavia se espera resolucion del TC.

CONCLUSIONES


  • especial relevancia de la jurisdiccion de ue en los eemm en mantenimiento y consolidacion del derehco de la ue
  • relevante actuacion del tjen materia de defensa de los derechos fudnamentales
  • posicion firme del TJ en sobre la primacia del derecho de la ue sobre el derecho interno de los eemm, incluso en los derechos fundamentales
  • dsicutible apliacion del art. 53 de la carta de derechos fudnamentales en aplicacion del mayor standar

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