martes, 18 de octubre de 2016

Practicas contencioso-administrativa: Solución caso 3.3

En el presente supuesto nos encontramos ante un acto discrecional de la Administración, que, entre varias soluciones que pueden ser igualmente justas y legales (nada en el enunciado del caso indica lo contrario), elige una u otra.
Como han comentado, la motivación es un requisito fundamental para la validez de los actos discrecionales de acuerdo con el art. 54 LRJPAC.

Además, como también han apuntado, la discrecionalidad de la Administración no está exenta de control por parte de la Jurisdicción. Así se controlan los elementos reglados (competencia, procedimiento y fin, entre otros), los hechos determinantes y el respeto a los principios generales del derecho. La única limitación es la de determinar el contenido discrecional de los actos anulados (art. 71.2 LJCA).

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